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La nulidad objetiva del despido no es suficiente para que se reconozca el derecho a indemnizaciones: comentario realizado a la Sentencia del Tribunal Supremo de 12 de diciembre de 2023 (núm. rec. ud. 5556/2022).
Forulege 26/03/2024Adjuntamos al blog, el comentario redactado por el miembro de la junta directiva de la Academia Vasca de Derecho, Don Francisco Javier Arrieta Idiakez, sobre la STS 4ª, de 12 de diciembre de 2023 (núm. rec. ud. 5556/2022), en la que se declara que la nulidad objetiva del despido no es suficiente para que se reconozca el derecho a indemnizaciones. Comentario realizado en euskera.
Documento adjunto: nulidadobjetiva.pdf
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